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(Píldora Jurídica) Las cosas por su nombre, contrato laboral vs contrato de prestación de servicios.

(Píldora Jurídica) Las cosas por su nombre, contrato laboral vs contrato de prestación de servicios.

La EIA vincula profesionales idóneos para el cumplimiento de su misión, sin embargo, estos profesionales son vinculados a la EIA de diferentes maneras: aquellos que ejecutan actividades permanentes y relacionadas directamente con nuestra misión, los cuales son vinculados mediante un contrato de trabajo en cualquiera de sus modalidades; y aquellos que ejecutan acciones puntuales, y transitorias, quienes se vinculan mediante un contrato civil de prestación de servicios.  

Como una estrategia de difusión y promoción de la cultura de la legalidad al interior de esta casa de estudios, desde la Jefatura de Asuntos Jurídicos queremos hacer una pequeña reflexión, acerca de la importancia de conocer las diferencias entre el contrato de trabajo y el contrato de prestación de servicios, asimismo de la importancia de hacer un uso adecuado del lenguaje que se debe utilizar con los prestadores de servicios en el quehacer diario.  

Lo primero que debemos saber, es que el contrato de trabajo, está regulado por la legislación laboral, esta modalidad de contrato implica una serie de obligaciones para el empleador, como: pago de la seguridad social, prestaciones sociales (primas, cesantías, vacaciones), salario, garantías frente a los riesgos laborales, entre otras; a su vez el trabajador estará obligado para con el empleador a realizar de manera personal las actividades para las cuales fue contratado de forma subordinada, es decir siguiendo de manera precisa las instrucciones del empleador; tendrá un horario claramente definido y  recibirá un salario. A diferencia del contrato de trabajo, el contrato de prestación de servicios, está regulado por la legislación civil y comercial, por lo tanto, el prestador de servicios, tendrá absoluta autonomía para ejecutar las acciones para las cuales fue contratado, no tendrá horarios específicos y no estará subordinado a la universidad, su remuneración no se considera salario sino honorarios, por lo tanto, no procede el pago de prestaciones sociales y el contratista es el responsable del pago de su seguridad social.  

A partir de estas notorias diferencias, es importante que como líderes de las áreas que ejecutan el contrato de prestación de servicios evitemos asignar un horario fijo al contratista, dirigir y controlar de manera excesiva las actividades a ejecutar, esto no implica que no se puede exigir la entrega a tiempo de los entregables pactados. 

Bajo ninguna circunstancia las actividades o tareas a desarrollar por el contratista deberán corresponder de manera idéntica, semejante o equivalente a las que tienen asignadas los trabajadores de la universidad. pues de incurrir en estas acciones se podría configurar un contrato laboral bajo el principio de primacía de la realidad sobre las formas, exponiendo a la EIA a futuras acciones judiciales riesgosas.   

Si existe alguna duda de cómo proceder ante el incumplimiento de un contratista o prestador de servicios, recuerda que en la Jefatura de Asuntos Jurídicos te podemos asesorar en como debes actuar.  

Alejandro Piedrahíta Borrero

Alejandro Piedrahita nació en Medellín el 2 de marzo de 1973. Se graduó como administrador de negocios de la Universidad EAFIT. Posteriormente realizó una Maestría en Ciencias (M.Sc.) en desarrollo económico en London School of Economics y un Programa en Alta Dirección Empresarial (PADE) de la Universidad de La Sabana. Adicionalmente, participó en el programa de gerencia general (General Management Program) de Harvard Business School.

Tiene más de 20 años de experiencia en estructuración y ejecución de proyectos en banca de inversión en temas de mercado capitales, finanzas corporativas, financiación (créditos sindicados y project finance), fusiones, adquisiciones y derivados.

Desde junio de 2015, ocupa el cargo de Vicepresidente de Estrategia y Finanzas Corporativas en Grupo Argos. Antes de ocupar este cargo, trabajó como Vicepresidente de Estructuración Mercado de Capitales en la Banca de Inversión Bancolombia S.A. desde el 2008, antes se desempeñó el puesto de Gerente de Estructuración de Productos Derivados en Bancolombia S.A. y también trabajó como Director de Investigaciones Económicas en Corfinsura S.A. y como Director de Proyectos Especiales en Susalud S.A.

Actualmente es miembro principal de las juntas directivas de: Cementos Argos, Celsia, Odinsa, comité de inversiones de Pactia y Aceros MAPA S.A., Corporación Surgir, miembro de Iluma (Premex S.A.S) y del Consejo Superior de la Universidad EIA.

Ha estado vinculado con la academia y ha sido profesor de cátedra en pregrado y postgrado en varias universidades como: EAFIT, EIA, Universidad Nacional, Universidad Javeriana y Universidad de Medellín.
Ningún miembro del Comité Directivo tiene la calidad de Persona Expuesta Políticamente de acuerdo con la definición del Decreto 1674 de 2016.

Jorge Mario Velásquez Jaramillo

Presidente

Ingeniero Civil en la Universidad EIA y realizó una especialización con énfasis en la Industria del Cemento en Inglaterra. Participó en el CEO’s Management Program de Kellogg School of Management y en el programa de Supply Chain Strategies de Stanford University. Adicionalmente, es egresado del programa de Alto Gobierno de la Escuela de Gobierno de la Universidad de los Andes.

Desde el 1 de abril de 2016, se desempeña como presidente de Grupo Argos, holding de infraestructura en el continente americano, líder en el negocio de cementos a través de Cementos Argos, con una plataforma única de inversión en concesiones viales y aeroportuarias administradas por Odinsa y un portafolio diferenciado e innovador tanto en energías convencionales como renovables gestionado por Celsia.

Antes de desempeñar su rol como presidente de Grupo Argos, desarrolló una carrera destacada como presidente de Cementos Argos, compañía líder en el negocio de Cemento en Colombia, con presencia en 15 países y actualmente el segundo productor de concreto de los Estados Unidos.

Este líder empresarial, que empezó su carrera en Argos en 1986 como practicante, desempeñó diversos cargos en Cementos Argos en el pasado, incluyendo la Vicepresidencia de Logística de Argos, la Gerencia General de Cementos del Nare, la Presidencia de Cementos Paz del Río y la Vicepresidencia Regional Caribe, con responsabilidades sobre las operaciones de Cementos Argos en Panamá, Haití, República Dominicana, Suriname y territorios insulares, así como el comercio internacional de la compañía.

Actualmente es miembro principal de las juntas directivas de Cementos Argos, Celsia, Odinsa, Fundación Grupo Argos, la Asociación Nacional de Empresarios – ANDI, Proantioquia, y el Consejo Superior de la Universidad EIA.